El Salario Mínimo, Vital y Móvil quedó establecido en $391.200 mensuales desde el 1 de octubre de 2026 para los trabajadores que cumplen la jornada legal completa. El valor anterior era de $383.800, por lo que el incremento es de $7.400, aproximadamente un 1,93%.

Para los trabajadores jornalizados, el mínimo pasó a $1.956 por hora. En los contratos a tiempo parcial y las jornadas reducidas contempladas por la normativa, corresponde calcular el monto proporcional. Las asignaciones familiares quedan fuera de estos valores.

La actualización fue fijada mediante la Resolución 4/2026, publicada en septiembre, después de que los representantes de trabajadores y empleadores no alcanzaran un acuerdo en el Consejo del Salario. La medida comprende a trabajadores alcanzados por la Ley de Contrato de Trabajo, el régimen agrario y la Administración Pública Nacional.

El cronograma establece un salario mínimo mensual de $398.800 para noviembre y de $406.400 para diciembre.

También se actualizaron los límites de la prestación por desempleo: en octubre, el monto mínimo es de $195.600 y el máximo, de $391.200. Dentro de esos límites, el beneficio se calcula sobre el 75% de la mejor remuneración mensual neta, normal y habitual de los seis meses anteriores al cese laboral.

La suba del salario mínimo no implica un aumento automático de jubilaciones, AUH o asignaciones familiares, que tienen mecanismos de actualización propios.

Y en San Isidro, ¿los sueldos llegan siquiera a los $391.200 del salario mínimo nacional?

Hay una pregunta más básica que merece una respuesta con números: ¿cuánto cobran los trabajadores en San Isidro?